lunes, 4 de abril de 2016

Agresión y Violencia de Genero 3.0. Una realidad.

Autor: Aristeo García González*

Título:Agresión y Violencia de Genero 3.0. Una realidad.


Ha terminado el mes de marzo, y durante la celebración del día de la mujer se realizaron diversos pronunciamientos oficiales, así como por parte de ONG`s y de la sociedad civil en favor de la igualdad y en contra de la violencia hacia las mujeres.

Lamentablemente, los discursos contrastan con la realidad, a pesar de la existencia de reglamentaciones y la creación de instancias responsables de garantizar derechos y de erradicar la violencia contra las mujeres, cada día se multiplican las agresiones en su contra, se trata de un fenómeno que alcanza a mujeres de todos los sectores sociales.

Basta recordar, el pasado 28 de marzo, una estudiante de Comunicación en la Ciudad de México fue agredida sexualmente cuando viajaba en el transporte público camino a su universidad. Antes de llegar a su destino, una mujer alertó a Gabriela que un hombre la iba grabando por debajo de su falda. La joven de 22 años enfrentó a su agresor con el fin de quitarle el celular y poder borrar el video, pero no lo logró y ella únicamente logró grabar la cara del hombre unos segundos.

Otro caso, acontecido a principios del mismo mes, es el de la periodista estadounidense Andrea Noel, quien fue víctima de agresión sexual cuando se encontraba caminando en la colonia Condesa en la Ciudad de México y un sujeto le levantó el vestido y le bajó la ropa interior. Andrea no dudó en publicar a través de su cuenta de Twitter el video de una cámara de seguridad que grabó el momento de la agresión junto con un mensaje que decía: “otra vez como pasa a diario con mujeres en todo México, me acosaron en una calle linda y bien iluminada a plena luz del día”.

Ambas mujeres decidieron evidenciar a su agresor en las redes sociales. La primera de ellas, recibió apoyo, sin embargo, también fue objeto de críticas y agresiones. En el caso de la periodista, su denuncia se hizo viral, pero no estuvo exenta de burlas, incluso de amenazas dentro y fuera de la red, motivo por el cual tuvo que abandonar el país por la inseguridad y la falta de apoyo por parte de las autoridades.

Lo anterior, demuestra que la violencia de género en sus diversas manifestaciones es una realidad, es el reflejo de una sociedad desigual, donde se muestra todavía la existencia de una jerarquización en las relaciones y la posición social de los hombres y las mujeres.

Razón tiene el reporte de 2015 de la ONU: “Las mujeres en el mundo 2015. Tendencias y estadísticas1, al ubicar al Estado mexicano entre los veinte peores países en términos de violencia de género. Además, ha calificado a la violencia contra las mujeres como una Pandemia Mundial que adopta diversas formas, ya sea en el hogar o en la calle y que también ocurre en espacios públicos y privados.

El siguiente texto lo ilustra de manera clara:

“Las mujeres de todo el mundo son víctimas de violencia física, sexual, psicológica y económica con independencia de sus ingresos, su edad o educación. Este tipo de violencia puede conducir a problemas de salud, física, mental y emocional a largo plazo…”2.

Por otro lado, cabe destacar que hoy en día, la violencia se ha ido extendiendo a otros escenarios, a través de los cuales pueden generarse conductas agresivas y de acoso. Así, en los últimos años este tipo de prácticas se ha trasladado a los entornos virtuales, términos como ciberacoso, ciberviolencia de Género, sex-torsión, sexting (o sexteo), entre otros, han puesto nombre a las nuevas formas de violencia de género.

Por ejemplo, el control de la pareja ejercido a través de aplicaciones como Whatsapp, o Facebook y los comentarios manifestados en las redes pueden convertirse en un tipo de violencia psicológica en el que las jóvenes se ven inmersas sin ni siquiera detectar que están siendo objeto de maltrato. Este tipo de agresiones On line pueden convertirse en los primeros pasos hacia la violencia física, aunque la “ciberviolencia de género” hace por sí sola tanto daño o más que el físico, ya que, por una parte, traspasa el ámbito privado y, por otra, entran en juego dos factores propios de las redes sociales, como son la viralidad y la perpetuidad de los mensajes.

Lo anterior, se confirma con el informe denominado: Ciberviolencia: contra las mujeres y niñas. Una llamada de atención mundial3, en el cual se señala que:

“El 73% de las mujeres ha estado expuesta o ha experimentado ya algún tipo de violencia online"

En definitiva, las redes sociales e internet se han convertido en espacios virtuales de reproducción de la desigualdad de género, pero también espacios donde confluyen elementos de ideales de amor romántico y exposición de la vida personal, que suponen nuevas formas de violencia y control sobre las mujeres, y nuevas formas de relaciones afectivas y sexuales.

Motivo por el cual, no debe olvidarse que si bien internet, los teléfonos celulares de última generación, los sistemas de localización GPS y determinados programas informáticos, ofrecen a los agresores nuevas vías para el acoso, la humillación y la amenaza hacia sus víctimas, con altas dosis de anonimato para los mismos. También es verdad, las nuevas tecnologías pueden ser empleadas para acceder de manera rápida y sencilla a una gran cantidad de información contra la violencia hacia las mujeres.

Lo anterior, demuestra cómo la violencia de género ha ido creciendo cada vez más en los entornos virtuales, al grado de que puede llegar a convertirse en un problema mundial con graves consecuencias para las sociedades, sino se toman medidas oportunas y adecuadas.

A modo conclusión.

En cualquier caso y aunque nuestra legislación se ha ido aproximando poco a poco a la problemática4, la misma manifiesta deficiencias y, más aún, la aplicación práctica de la misma, debido al déficit formativo y de información en la mayoría de los operadores jurídicos.

Pero no sólo lo anterior, sino que para tener éxito en la lucha contra la violencia de género a través de estas nuevas vías, resulta fundamental que tanto jueces como juezas comprendan la verdadera gravedad y el enorme impacto que representa en la vida de las víctimas, el hecho de ver su intimidad indefinidamente expuesta a desconocidos y las amenazas constantes por parte del agresor en los entornos digitales.

Finalmente, una cultura jurídico-social en la materia, a través de la concientización, esto es, que hacemos, que sabemos y cómo actuamos ante la violencia de género. Lo anterior, seguramente no erradicará el problema, pero, al menos en las estadísticas el Estado mexicano en este tema, podría dejar de estar en el punto de mira.

NOTAS

1 “The World`s Women 2015. Trends and Statistics”. El reporte completo puede consultarse en la página web: http://unstats.un.org/unsd/gender/worldswomen.html

2 Ibidem, Chapter 6.

3 “Cyber Violence Agains Women and Girls”. El informe se encuentra disponible en la página web: http://www.unwomen.org/es/digital-library/publications/2015/9/cyber-violence-against-women-and-girls

4 En el caso del Estado de Michoacán, el Código Penal contiene un Capítulo, dedicado a los, Ataques a la Intimidad. Así su artículo 249, señala: Comete el delito de ataques a la intimidad el que publique, divulgue, circule, imprima, transmita o publicite datos o hechos, por cualquier medio, sobre la vida privada de otra persona sin su consentimiento expreso”.

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